Autoridad del Agua
La Autoridad del Agua (ADA) se constituye a partir de lo establecido en la Ley N° 12.257 como una entidad autárquica de derecho público y naturaleza multidisciplinaria que tiene a su cargo la planificación, el registro, la construcción y la protección de los derechos sobre el agua y el cumplimiento de las misiones de esta Ley.
De esta manera, la Autoridad del Agua (ADA) podrá cumplir con objetivos, misiones y funciones que se encuentran bajo la dependencia directa del Poder Ejecutivo.
¿Qué servicios brinda la Autoridad del Agua (ADA)?
La Autoridad del Agua (ADA) reglamenta, supervisa y vigila todas las actividades y obras relacionadas al estudio. Es decir la captación, uso, conservación y evacuación del agua en la Provincia de Buenos Aires.
Entre las atribuciones y funciones asignadas de la entidad, se pueden destacar:
- La determinación de políticas de uso y reglamentaciones para el control y normalización del agua.
- El otorgamiento de derechos para la explotación y consumo del recurso.
- El deber de informar respecto de las prioridades y compatibilización de los distintos usos del agua, planificando así acciones respectivas.
- El otorgamiento de permisos para la ocupación, el uso o el aprovechamiento exclusivo del recurso en álveos o cauces públicos.
Trámites y permisos a presentar
- Registro y Alta de Usuario: Para dar inicio a cualquier trámite debe realizarse un Proceso formal de identificación del usuario Persona Física – Jurídica – Prestador de un servicio Sanitario.
- Registro y Alta de Inmueble: Registro del dominio específico sobre el cual se llevará a cabo el proyecto obra y uso del recurso hídrico.
- Prefactibilidad Hidráulica: Proceso de naturaleza exploratoria para determinar si el requerimiento del usuario tiene prefactibilidad técnica en aptitud hidráulica, explotación y vuelco de efluentes.
- Autorizaciones (aquellas que se gestionan para proyectos u obras en ejecución): Es decir la Aptitud Hidráulica para Obra (AHPO), la Autorización de Perforación (AP), La autorización de Ejecución de Obra para Explotación Superficial (AEO), y la Aptitud Tecnológica para Vertidos (ATPV).
- Permisos (aquellos que se gestionan para proyectos u obras ejecutadas): Constancia de Aptitud Hidráulica (CAH), Permiso de Explotación de Agua Subterránea (P-SUB), Permiso de Explotación de Agua Superficial (P-SUP) y Permiso de Vuelco (P-V).